Servicio de Recaudación Municipal

 

La Excma. Corporación Municipal en sesión plenaria celebrada con carácter ordinario el día 01 de julio de 2013 acordó la revocación de la delegación en el Cabildo Insular de Gran Canaria (Valora) de la gestión tributaria, inspección y recaudación de impuestos, tasas, precios públicos y demás ingresos de Derecho Público. Ello implicó la recuperación de dicha competencia propia municipal de conformidad con lo establecido en el artículo 106.1 y 3 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, de Bases de Régimen Local y artículo 7 del RDL 2/2004, de 05 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. En el mismo sentido, la Ley General Tributaria y, en desarrollo de la misma, el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en su artículo 8, señalan que corresponde a las entidades locales y a sus organismos autónomos la recaudación de las deudas cuya gestión tengan atribuida.

 

Asimismo, la Excma. Corporación Municipal, en sesión plenaria celebrada con carácter extraordinario el día 22 de noviembre de 2013 aprobó la encomienda de gestión a la Sociedad Municipal para el Desarrollo de Arucas, S.A para la realización de tareas de colaboración y apoyo a la Recaudación Municipal, como medio propio de este ayuntamiento. Todo ello, en el ejercicio de la potestad de auto-organización que recoge el artículo 4.1. a) de la Ley 7/1985, de 02 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, inherente a la autonomía local que consagran los artículos 137 y 140 de nuestra Carta Magna, las Corporaciones Locales tienen potestad para decidir de entre las distintas fórmulas previstas en el artículo 85.2 de la citada ley, la forma de gestión del servicio público que mejor se adecúa a la naturaleza y características del servicio público en cuestión, respetando siempre el límite del interés general que consagra el artículo 103 de la Constitución.

 

El 3 de febrero de 2014, el Servicio de Recaudación Municipal de Arucas, entra en funcionamiento, localizándose sus oficinas en la C/ Médico Anastasio Escudero Ruíz, 3. 1ª Planta, en Arucas (frente al Centro de Salud y encima de la Oficina de Empleo).

La atención presencial en dicho Servicio se encuentra establecida mediante CITA PREVIA, y será los martes, miércoles y viernes de 09:00 a 14:00 horas.

Para obtener dicha Cita Previa puede acceder a la web del Excmo. Ayuntamiento de Arucas, www.arucas.org, en la que se encuenta habilitado un acceso directo "Cita Previa", o pinchando directamente en el siguiente enlace, donde figuran entre otros el servicio de Recaudación, pudiendo solicitar el día y la hora que desee acudir a la oficina. Una vez cumplimentados los datos requeridos, le llegará unos días antes de su cita, la confirmación a su mail.  Por este mismo medio también es posible solicitar cita previa telefónica donde será el Servicio de Recaudación quien le llame el día y hora que usted solicite, estos días serán Lunes y Jueves de 09:00 a 14:00 horas.

También puede solicitar su cita llamando a cualquiera de los siguientes teléfonos 928 623 307; 928 623 129; 618 362 165; 618 419 152 o por correo electrónico a recaudacion@arucas.org